2011/03/23

Se anuncia el comienzo de las obras del primer tramo del TAV y los Concejos Navarros todavía no han sido consultados según establece la legislación vigente

El pasado 8 de Febrero del 2011, la Fundación Sustrai Erakuntza anunciaba en rueda de prensa y ante numerosos medios de comunicación que la construcción de los primeros tramos del Tren de Alta Velocidad se licitarán este próximo mes de abril. La publicación en el Boletín Oficial de Navarra (BON) del inicio del periodo de información pública del proyecto básico del primer tramo publicado con una longitud de 14,7 Km., se consideró literalmente "un hito importante". 

La Fundación Sustrai Erakuntza hace público a todos y todas las navarras que en los procedimientos desarrollados por el Ministerio de Fomento para la aprobación de los expedientes de información pública de los estudios informativos de los proyectos del Tren de Alta Velocidad hasta ahora desarrollados, la casi totalidad de los concejos navarros afectados no han sido consultados.


Esto implica que de acuerdo a derecho, el acto administrativo podría llegar a ser declarado nulo al amparo del artículo 62.1, apartado e) de la LRJPA (Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) ya que la resolución fue dictada sin consultar a los Concejos navarros prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido.

Además, este acto podría ser declarado nulo por la omisión del trámite de información oficial previsto en el artículo 228 del Reglamento que desarrolla la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres al no practicarlo respecto a los Concejos navarros en cuanto a que son Entidades Locales de pleno derecho.

Por otro lado, igualmente podría ser declarado nulo por la omisión del trámite de consultas previas del artículo 13 del Reglamento que desarrolla la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental (RD 1131/1988, de 30 de septiembre).

Cabe añadir incluso que el artículo 228 del Reglamento que desarrolla la LOTT (Ley de Ordenación de Transportes Terrestres), establece que “El Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones deberá remitir el proyecto, previamente a su aprobación, a las Comunidades Autónomas y Corporaciones Locales por cuyo territorio haya de discurrir la línea, al objeto de que durante el plazo de dos meses informen sobre el mismo. Transcurrido este plazo sin que dichas Administraciones Públicas informen al respecto, se entenderá que no se oponen a la propuesta formulada”. Evidentemente esta consulta previa con los Concejos navarros y exigida por la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres también ha sido incumplida.

Este incumplimiento de la legalidad vigente por parte del Ministerio hacia los Concejos navarros, supone un desconocimiento absoluto de la configuración de la Administración Local de Navarra ya que según la Ley Foral 6/1990 de 2 de julio, son entes locales, no solo los ayuntamientos sino también los concejos (artículos 2 y 3 de dicha LF), ambos al mismo nivel. En consecuencia, toda la información relativa a los estudios informativos de los proyectos del Tren de Alta Velocidad hasta ahora desarrollados debería haberse producido a todos los Ayuntamientos y Concejos afectados.

La omisión de dicho trámite de obligado cumplimiento para la Administración del Estado constituye una omisión total y absoluta del procedimiento legalmente establecido que supondría una causa de nulidad de las previstas en el artículo 62 e) de la Ley de Procedimiento Administrativo respecto del acto administrativo.

Esta semana hemos leído que los partidos navarros de toda ideología y condición identitaria han cerrado filas con el Gobierno de Navarra en contra del recurso de la Administración del Estado impugnando ante el Tribunal Constitucional la ley foral que permite endeudarse a los ayuntamientos en 2011. Una puesta en común que tiene por objetivo defender la esencia del Fuero navarro, el autogobierno. Se ha llegado a oír y leer por parte de algun@s polític@s de primera línea que “no se respeta la competencia foral de Navarra”.

Ante la indefensión y falta de información, la Fundación SUSTRAI Erakuntza, fundación sin ánimo de lucro que trabaja a favor del equilibrio social, territorial y del medio ambiente quiere hacer público que en los procedimientos desarrollados en el proyecto del Tren de Alta Velocidad no se han respetado a los Concejos navarros, no se ha respetado la configuración de la Administración Local de Navarra y por tanto no se ha respetado el Fuero.

Hasta ahora, ha existido un silencio absoluto ante este incumplimiento de la legislación vigente y ante esta falta de respeto hacia la propia configuración de la Administración Local de Navarra, que se traduce en una falta de respeto hacia tod@s l@s navarr@s.


En Navarra, 16 de marzo del 2011


Martín José Celaya García

Presidente de la Fundación Sustrai Erakuntza

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