El Tribunal Superior de Justicia de Navarra anula el Plan de Residuos aprobado por el Gobierno de Navarra
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha dejado sin efecto el Plan Integrado de Gestión de Residuos de Navarra 2010-2020 (PIGRN) redactado y aprobado por el Gobierno de Navarra, en Sentencia fallada el 10 de enero de 2013 y publicada esta semana. El PIGRN fue demandado ante el contencioso administrativo por la FUNDACIÓN SUSTRAI ERAKUNTZA y la MANCOMUNIDAD DE SAKANA tras su aprobación por el Gobierno de Navarra el 27 de diciembre de 2010.
El TSJN “estima en lo sustancial el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Mancomunidad de Sakana por defecto procedimental y sobre todo por vulneración del art. 5, apartado 4 de la Ley 10/1998 de Residuos, dejando sin efecto el PIGRN”. Por una parte, se reconoce una irregularidad formal al transcurrir más de cuatro meses entre la presentación del Estudio de Incidencia Ambiental y la formulación de la Declaración de Incidencia Ambiental, tal y como requiere la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, en su artículo 34.5.
El TSJN “estima en lo sustancial el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Mancomunidad de Sakana por defecto procedimental y sobre todo por vulneración del art. 5, apartado 4 de la Ley 10/1998 de Residuos, dejando sin efecto el PIGRN”. Por una parte, se reconoce una irregularidad formal al transcurrir más de cuatro meses entre la presentación del Estudio de Incidencia Ambiental y la formulación de la Declaración de Incidencia Ambiental, tal y como requiere la Ley Foral 4/2005, de 22 de marzo, de Intervención para la Protección Ambiental, en su artículo 34.5.